Pensiones por invalidez suspendidas: cómo reclamar el cobro y qué plazos corren
La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto 4.329 pensiones por invalidez laboral y dio a los afectados 60 días corridos para presentar la documentación médica faltante.
La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. La medida alcanza a titulares que, según el organismo, no acreditaron los requisitos médicos exigidos para seguir cobrando, y se publicó mediante la Resolución 3702/2026. Para quienes dependen de este ingreso todos los meses, el asunto es delicado y conviene leer cada paso con calma.
La norma deja sin efecto una resolución anterior que había restablecido el pago de estas pensiones tras un fallo judicial. Según el texto oficial, la Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, y eso habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.
Qué exige el organismo
El requisito central para mantener o recuperar la prestación es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la pensión no puede continuar. Los titulares afectados tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no la entregan en ese plazo, el beneficio no podrá ser rehabilitado.
Además, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En este caso el plazo es más corto, de 30 días hábiles, y no debe confundirse con el de quienes fueron suspendidos.
Dónde y cómo presentar la documentación
- En oficinas de atención de ANSES.
- En dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
- A través del formulario de consultas del Ministerio de Salud, en argentina.gob.ar.
- Por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), eligiendo el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".
Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago. El material consultado no precisa tiempos de respuesta para esa evaluación, por lo que la notificación individual sigue siendo la referencia más segura para cada caso.
El plazo que corre desde la notificación
Los plazos se cuentan desde la notificación individual, y eso significa que cada beneficiario debe revisar la suya para saber cuántos días le quedan. Reunir el certificado médico a tiempo y elegir alguno de los canales habilitados es, en la práctica, la diferencia entre recuperar el cobro y perderlo de manera definitiva.
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