Una cooperativa de Neuquén y un hombre con el hombro roto: cuatro años de pelea para que la Justicia diga lo que ya se sabía
La Cámara de Apelaciones confirmó que la firma debía reubicar al operario o pagarle la indemnización. La prueba estaba en el propio galpón.
Acá, en las afueras de un galpón de empaque que todavía huele a pera en septiembre, el viento de la meseta neuquina se lleva los cartones pero no las deudas. La historia que cuento empieza en agosto de 2021, cuando un embalador que llevaba más de diez años armando cajas con fruta se lastimó el hombro derecho y, de un día para el otro, vio cómo su lugar de trabajo se convertía en una puerta que ya no se abría para él.
Lo que sigue es un repaso minucioso de cómo una cooperativa frutícola de Neuquén le dijo que no había tareas livianas disponibles, cómo el operario sostuvo durante meses que sí las había, y cómo la Justicia terminó dándole la razón al empleado y no a la empresa. La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó la condena que en primera instancia había dictado el juez Luis Trani, del Juzgado Laboral N°3, y le puso cifras a algo que, para los que conocen el galpón, era una verdad de Perogrullo: en ese establecimiento siempre hubo tareas para alguien que no podía levantar peso.
El operario, la lesión y los telegramas que cruzaron
El trabajador había ingresado a la cooperativa en enero de 2011 como embalador de primera categoría. Su rutina era de las más duras del galpón: armar cajas, cargarlas y dejarlas listas para despacho. En toda esa década no acumuló una sola sanción. Hasta que en agosto de 2021 el hombro dijo basta, mientras estaba en pleno turno.
La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses. En abril de 2022 firmó el alta, pero con una condición escrita: el hombre podía volver, siempre y cuando se le asignaran tareas adecuadas a su lesión. Levantar cajas de peras o manzanas quedaba directamente afuera de lo posible.
Con ese papel en la mano, el operario mandó un telegrama pidiendo la reincorporación. La cooperativa contestó por carta documento: la restricción estaba reconocida, pero no había puesto disponible que se ajustara a ella. El trabajador volvió a escribir, esta vez detallando los sectores del galpón donde podía desempeñarse. La respuesta fue la misma, palabra más palabra menos.
El juicio y lo que dijeron los compañeros
Cansado de chocar contra la misma pared, el operario se consideró despedido en forma indirecta, esa figura legal que permite al empleado cortar el vínculo cuando entiende que la empresa no le dejó otra salida. Y se fue a juicio.
En la causa declararon seis compañeros de trabajo. Lo que contaron fue lo que cualquiera que haya caminado por un galpón de empaque sabe que existe. Detallaron tareas concretas que no requerían levantar peso y que, además, la propia cooperativa solía usar como reemplazo cuando alguien se lastimaba o quedaba con limitaciones. La lista, tal como quedó en el expediente, fue la siguiente:
- Sellado de etiquetas en las cajas ya armadas.
- Fichado de cajas con engrudo, una labor de precisión más que de fuerza.
- Colgado en el sector conocido como el aéreo, donde las cajas se cuelgan en lugar de apilarse.
Uno de los testigos, un embalador con años en el galpón, señaló que al menos cuatro compañeros habían sido reubicados en esos puestos en situaciones parecidas. Es decir, no era una excepción ni un invento del operario: era una práctica habitual de la propia empresa, aplicada cuando convenía.
Lo que dijo la Justicia y por qué la condena se mantuvo
El juez Trani valoró esos relatos como hechos públicos. Los describió como testimonios coherentes, ordenados y concordantes, y los usó para reconstruir lo que realmente pasaba adentro del galpón. Su conclusión fue directa: tenía dónde reponer la empresa y optó por negarse. Y añadió un principio que en estos casos pesa más que cualquier argumento: cuando una firma alega que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que tiene que demostrarlo. La cooperativa no lo hizo.
La Cámara de Apelaciones de Neuquén revisó la sentencia y la confirmó en todos sus términos. El monto de condena quedó fijado en 676.751 pesos, más intereses calculados desde 2022. La suma está muy por debajo de lo que había pedido la defensa del operario, que reclamaba más de 4 millones. Aun así, lo central del fallo no es el número: es la confirmación de que, en este tipo de casos, no alcanza con decir que no hay lugar. Hay que probarlo, y acá no lo probaron.
Cuando uno recorre la zona y pregunta por el tema, aparece la voz de un vecino del barrio, embalador retirado, que resume lo que muchos piensan sin animarse a decirlo tan claro: "Acá siempre hubo laburo para el que se lastimaba, lo que no hubo fue voluntad de dárselo a este pibe". Esa frase, bajada del taller sigue ahí, clavada en el expediente y en la memoria del galpón.
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